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Puede un funcionario darse de alta como autónomo - 2024

Puede un funcionario darse de alta como autónomo - 2024

Trabajar como funcionario tiene muchas ventajas, por ejemplo, poder disfrutar de un buen sueldo y tener estabilidad laboral. A pesar de todas las ventajas que supone trabajar para la Administración Pública, algunos funcionarios se preguntan si también pueden darse de alta como autónomos. La respuesta a esta pregunta es algo complicada, por lo que aquí te lo vamos a desarrollar lo máximo posible.

Puede un funcionario darse de alta como autonomo
Puede un funcionario darse de alta como autonomo
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¿Se puede trabajar como autónomo y ser funcionario al mismo tiempo?

Como se trata de una cuestión complicada lo que debemos hacer es remitirnos a la ley. En este caso, la Ley 53/1984 del 26 de diciembre es muy clara al respeto. Esta ley de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas dice así:

«De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1º, 3, de la presente Ley, el personal comprendido en su ámbito de aplicación no podrá ejercer, por sí o mediante sustitución, actividades privadas, incluidas las de carácter profesional, sean por cuenta propia o bajo la dependencia o al servicio de Entidades o particulares que se relacionen directamente con las que desarrolle el Departamento, Organismo o Entidad donde estuviera destinado.

Se exceptúan de dicha prohibición las actividades particulares que, en ejercicio de un derecho legalmente reconocido, realicen para sí los directamente interesados»

La ley se refiere al artículo 1.3 y este establece lo siguiente:

«En cualquier caso, el desempeño de un puesto de trabajo por el personal incluido en el ámbito de aplicación de esta Ley será incompatible con el ejercicio de cualquier cargo, profesión o actividad, público o privado, que pueda impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes o comprometer su imparcialidad o independencia»

Teniendo en cuenta esto, podemos concluir que, por norma general, un funcionario no se puede dar de alta para ejercer cualquier actividad. Por otro lado, sí que se podrá dar de alta siempre que vaya a ejercer una actividad que no tenga una relación directa con la actividad que desempeña en el sector público ni que tampoco obstaculice dicha labor.

La ley se refiere al articulo 1 3 y este establece lo siguiente
La ley se refiere al articulo 1 3 y este establece lo siguiente

Esto lo podemos ver mucho mejor con un ejemplo. En el caso de un Juez o un Fiscal, estos no podrían trabajar como abogados. En el caso de que quisieran darse de alta para trabajar como abogados autónomos lo que tendrían que hacer es solicitar una excedencia voluntaria. Una vez conseguida dicha excedencia ya podrían trabajar como abogados, pero nunca lo harían al mismo tiempo que en su labor como jueces o fiscales.

Actividades privadas que no puede realizar un funcionario

Dentro del sector privado existen una serie de actividades prohibidas a los funcionarios. Estas actividades están descritas en el artículo 12 de la Ley de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas y comprenden las siguientes:

a) El desempeño de actividades privadas, incluidas las de carácter profesional, sea por cuenta propia o bajo la dependencia o al servicio de Entidades o particulares, en los asuntos en que esté interviniendo, haya intervenido en los dos últimos años o tenga que intervenir por razón del puesto público.

Se incluyen en especial en esta incompatibilidad las actividades profesionales prestadas a personas a quienes se esté obligado a atender en el desempeño del puesto público.

b) La pertenencia a Consejos de Administración u órganos rectores de Empresas o Entidades privadas, siempre que la actividad de las mismas esté directamente relacionada con las que gestione el Departamento, Organismo o Entidad en que preste sus servicios el personal afectado.

c) El desempeño, por sí o por persona interpuesta, de cargos de todo orden en Empresas o Sociedades concesionarias, contratistas de obras, servicios o suministros, arrendatarias o administradoras de monopolios, o con participación o aval del sector público, cualquiera que sea la configuración jurídica de aquéllas.

d) La participación superior al 10 por 100 en el capital de las Empresas o Sociedades a que se refiere el párrafo anterior.

Actividades privadas que no puede realizar un funcionario
Actividades privadas que no puede realizar un funcionario

Además de esto, también las actividades privadas que correspondan a puestos de trabajo que requieran la presencia efectiva del interesado durante un horario igual o superior a la mitad de la jornada semanal ordinaria de trabajo en las Administraciones Públicas sólo podrán autorizarse cuando la actividad pública sea una de las enunciadas en esta Ley como de prestación a tiempo parcial.

¿Cómo sabe un funcionario si puede darse de alta como autónomo?

Como sucede en otras muchas ocasiones el desconocimiento de la ley puede suponer un problema. Llegados a este punto el funcionario puede estar tranquilo, ya que se trata de algo que no puede valorar. Para darse de alta como autónomo el funcionario tendrá que solicitar formalmente la compatibilidad con la segunda actividad, aquella que desea realizar.

Una vez solicitada la compatibilidad esta tendrá que estar reconocida. Esto va a impedir por completo que un funcionario pueda estar dado de alta como autónomo por error, ya que la solicitud será revisada. Si estás interesado, siempre puedes consultar la ley de antemano para saber si vas a poder trabajar o no como autónomo. Echar un vistazo a los requisitos exigidos te ayudará a eliminar la incertidumbre y así podrás saber con antelación si vas a poder llevar a cabo o no dicha compatibilidad.

¿Cómo se puede solicitar la compatibilidad para trabajar como autónomo siendo funcionario?

La solicitud de la compatibilidad para trabajar como autónomo siendo funcionario se lleva a cabo por internet. Esta solicitud por a través de la vía electrónica está recogida en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Estos procedimientos obligan a los funcionarios a relacionarse por medios electrónicos con la Administración Pública. Para llevar a cabo la solicitud se tendrá que hacer a través del portal Funciona. Una vez que hayas accedido a la página bastará con dirigirse a la sección "Mis Servicios de RR.HH".

Como se puede solicitar la compatibilidad para trabajar como autonomo siendo funcionario
Como se puede solicitar la compatibilidad para trabajar como autonomo siendo funcionario

Cuando se haya hecho la solicitud esta será reconocida o denegada por el Ministerio de la Presidencia a propuesta del Subsecretario del Departamento que corresponda o, por otro lado, también por el órgano competente de la propia Comunidad Autónoma. Así mismo, también podrá llevar a cabo la resolución el Pleno de la Corporación Local basándose en el informe de los Directores de los Organismos o empresas públicas pertinentes. Todo este proceso tendrá una duración máxima de dos meses.

Trabajos que quedan exceptuados del régimen de incompatibilidad

Hasta ahora hemos hablado de aquellos trabajos que son incompatibles, pero también hay otros muchos que sí que son compatibles. Los trabajos compatibles se encuentran recogidos en el artículo 19 de la Ley de incompatibilidad. Para estos trabajos no hace falta ser autónomo y tampoco hace falta pedir una autorización. Se tratan de los siguientes trabajos:

  • Administrar patrimonio personal o familiar: Se podrá llevar a cabo esta actividad siempre y cuando no entre en conflicto con las anteriormente mencionadas.
  • Dirigir seminarios o impartir formación. Se podrá siempre y cuando no sea la actividad habitual ni supere las 75 horas al año.
  • Participar en tribunales para oposiciones a la función pública.
  • Llevar a cabo exámenes pruebas o evaluaciones diferentes a su actividad habitual.
  • Ejercer como presidente, vocal o miembro sin retribución de juntas rectoras de mutuas o patronatos de funcionarios.
  • Producción y creación literaria, artística, científica o técnica. Esto será posible siempre y cuando no se lleven a cabo estas actividades como autónomo o empleado. Básicamente significa que no se puede ser autónomo escritor y funcionario.
  • Participar de forma ocasional en coloquios o programas en medios de comunicación.
  • Colaborar de forma ocasional en congresos, seminarios, conferencias o cursos profesionales.

¿Hay sanciones por realizar actividades sin autorización previa?

Para terminar, es muy importante que tengas en cuenta este apartado. Actualmente existen muchos casos de funcionarios que han sido sancionados por haber realizado actividades incompatibles o, en otros casos, por haberlas realizado sin autorización previa.

Hay sanciones por realizar actividades sin autorizacion previa
Hay sanciones por realizar actividades sin autorizacion previa

Algunos precedentes son el caso de un policía nacional que fue suspendido tres años de sus funciones por haber ejercido sin autorización como presidente del consejo rector de una cooperativa. Otro caso, relacionado con un guardia civil, a pesar estar autorizado para ejercer la abogacía fue sancionado durante tres meses sin empleo y sueldo por intervenir como abogado en un caso que afectaba a otro guardia civil.

Estas sanciones son consideradas por el estatuto del empleado público como una falta disciplinaria. si quieres trabajar como autónomo a la vez de ser funcionario es importante informarse antes. Si la actividad que quieres llevar a cabo es compatible, para evitar estos problemas, lo mejor es pedir la autorización. Con esto evitas sanciones que tienen que ver con suspensiones de empleo y sueldo, traslado forzoso o penas a la hora de promocionar.

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